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La Fundacion Una oportunidad para cada nino -Organización del trabajo

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Organización del trabajo

1. Al efectuar las actividades de mediación en adopciones internacionales LA FUNDACION y el personal que trabaja en ésta tiene la obligación de ejercer sus derechos y compromisos de forma concienzuda y ha de gozar de una conducta digna de confianza y respeto en la sociedad. Observa y realiza el control de los compromisos de lealtad y respeto del personal de la organización con respecto a los padres adoptivos. A la hora de seleccionar al personal LA FUNDACION efectúa el control sobre éste en relación con sus cualidades morales, profesionales de competencia, experiencia y responsabilidad, así como también que guarden secreto en relación con la información sobre los padres adoptivos, con la que disponen durante la realización de la actividad efectuada por la organización.

2. LA FUNDACION cumple la ley y las actas internacionales, respeta las autoridades e instituciones búlgaras y extranjeras, mantiene el contacto con otras organizaciones acreditadas en un ámbito de veneración.

3. No puede transferir o conceder el derecho del uso de la autorización para la cooperación.

4. Menciona el número de la autorización en su correspondencia con los padres adoptivos, las autoridades, instituciones, organizaciones y terceras personas.

5. Al realizar sus actividades la Fundación cumple con los plazos requeridos y las etapas del proceso de la adopción y emprende todas las gestiones con la atención debida.

6. Con el fin de realizar su actividad la fundación asegura la disponibilidad de especialistas /juristas , médicos, psicólogos, pedagogos/ personas que tengan la especialidad apropiada en la esfera de la adopción internacional.

7. La Organización coloca en un sitio visible en todas sus instalaciones a las que los padres adoptivos tienen acceso, la autorizacion para las actividades de mediación en la esfera de las adopciones internacionales, listado de los estados, con los que tiene derecho a realizar este tipo de mediación, listado de la proporción de las tasas del estado para la adopción que deben abonar los clientes y el listado de los honorarios percibidos por la organización.

8. LA FUNDACION provee instalaciones cómodas y de fácil acceso,para los padres adoptivos, que a lo máximo puedan asegurar las condiciones apropiadas para guardar el secreto de la identidad de la PERSONA ADOPTIVA, asi como también para la conservación de la documentación y el acceso de la información.

9.LA FUNDACION confecciona el expediente de la persona adoptiva, el cual se clasifica en un fichero especial, cuya manutención se realiza por una persona designada.

10.Durante el procedimiento el personal de la FUNDACION responde a las preguntas de la persona adoptiva, que se refieren a la adopción internacional y a las relaciones entre ellos.

11. Antes de firmar el contrato LA FUNDACION informa de forma detallada a LA PERSONA ADOPTIVA con la Información por la Fundacion SHANS ZA VSIAKO DETE según lo previsto en el art.18, apartado 2, punto 8 de la Disposición No.12/ 30.09 2009 del Ministerio de la Justicia, a saber:
    11.1. Respecto a los objetivos y las actividades básicas de la FUNDACIÓN.
    11.2. La Resolución de mediación, su plazo y los derechos que han sido otorgados a la FUNDACIÓN.
    11.3. La cantidad exacta de las tasas estatales, normativamente determinadas, así como los medios necesarios para la realización de la mediación.
    11.4. La organización del trabajo.
    11.5. El orden de la adopción según el Derecho Búlgaro.
    11.6. Las exigencias que se deben respetar según el Derecho del país de la residencia habitual DE LOS ADOPTANTES.
    11.7. Los documentos necesarios para la adopción.
    11.8. Las consecuencias de la adopción según la legislación del país de la residencia habitual del niňo (Bulgaria) y del país de los adoptantes.
    11.9. Otras circunstancias de importancia esencial para las relaciones entre la FUNDACIÓN y LOS ADOPTANTES. LOS ADOPTANTES han sido informados sobre su derecho de presentar queja contra la actividad o inactividad de la Fundación, así como, expresar sus propuestas para la mejora de su trabajo.

12. LA FUNDACIÓN realiza la actividad completa en lo que respecta a la mediación en las adopciones internacionales por parte de un ADOPTANTE con residencia habitual en el extranjero que desea adoptar a un niño con residencia habitual en la Republica de Bulgaria o persona adoptiva: con residencia habitual en la Republica de Bulgaria que desea adoptar a un niño con residencia habitual en el extranjero, lo cual incluye lo siguiente:

Gestiona todos los trámites requeridos y relacionados con la inscripción de las personas adoptivas en los registros respectivos al Ministerio de Justicia de la República de Bulgaria; efectúa las consultas, requeridas según los modelos establecidos, se ocupa de la traducción y la legalización y hace entrega de los documentos a la persona adoptiva, la solicitud de adopción y cualquier otra información, necesaria para la protección de los intereses del niño; recibe, traduce y confecciona el informe en relación con los datos personales del niño a adoptar, su estado de salud, su status social, una foto, si hace falta – videocasette y otros materiales relacionados con el niño; provee a los ciudadanos con residencia habitual en la Republica de Bulgaria que desean adoptar a un niño con residencia habitual en el extranjero, la información proporcionada por la autoridad y organización respectiva para el niño; efectúa la mediación a la hora de establecer los contactos entre la persona adoptiva asignada y el niño a adoptar; realiza los preparativos y presenta la solicitud de adopción junto con todo el expediente; juega el papel de mediadora a la hora de efectuar y asegurar una representación de la persona adoptiva ante el Ministerio de Justicia, el Consejo de adopciones internacionales, el tribunal búlgaro competente, municipio, policía, la embajada respectiva del Estado de acogida o con la autoridad central y el resto de las autoridades competentes del Estado de origen del niño-de nacionalidad extranjera, así como todas las demás autoridades e instituciones búlgaras y extranjeras, relacionadas con todas las etapas del procedimiento en lo que respecta la adopción internacional en el territorrio de la República de Bulgaria o el respectivo estado de origen; gestiona la mediación para la expedición de autorización para la salida del niño del estado de origen y para su entrada en el estado de acogida. Asi como también gestiona los trámites para obtener permiso de residencia del niño en el estado de acogida; asegura condiciones adecuadas e inocuas para efectuar la transportación del niño, en caso de decisión de las personas adoptivas: efectúa la transportación del niño o asegura que este sea acompañado; colabora en la actuación relativa a la repatriación del menor a su Estado de origen, caso que la decisión de la autoridad competente del estado de origen no sea reconocida en el país de acogida en un periodo de hasta un año a partir de su entrada en vigor y realiza el control del estado del niño dentro de este plazo.

13. La persona adoptiva debe responder a los requerimientos conforme a ley de la sua residencia habitual en relación con la existencia de autorización para la adopción de un niño, así como se compromete tambien a informar la fundación acerca de los cambios en las circunstancias, relacionadas con su aptitud de ser persona adoptiva en un plazo de30 días a raíz de que surjan tales circunstancias. LA PERSONA ADOPTIVA presta asistencia a la FUNDACIÓN para la realización de sus actividades preadoptivas, adoptivas y postadoptivas a modo de mediadora en las adopciones internacionales, requeridas conforme la ley. La persona adoptiva tiene que proveerse de los documentos necesarios en el plazo asignado por la FUNDACIÓN, lo cual esta considerado con los plazos mencionados en la legislación búlgara, en relación con este procedimiento. La FUNDACIÓN debe recibir los documentos de tal modo, que dispusiera del tiempo suficiente para organizar la traducción y la presentación de los documentos con vistas a observar los plazos legitimos del procedimiento ante las autoridades respectivas. La persona adoptiva debe señalar un teléfono /preferiblemente un móvil/, domicilio, correo electrónico u otra manera con el fin de establecer una comunicación continua con la FUNDACIÓN para que esta tenga la disposición de cumplir con sus compromisos relativos a la notificación acerca de la marcha del procedimiento, de requerir documentos, de realizar las actividades respectivas observando los plazos, estipulados en la normativa en relación con las adopciones internacionales.

14. Cada seis meses durante los dos primeros años siguientes a la adopción LAS PERSONAS ADOPTIVAS se comprometen a enviar a la LA FUNDACIÓN informes acerca de la adopción del niño, confeccionados por el servicio social en el lugar de domicilio de la persona adoptiva o la organización extranjera, que ha hecho de mediadiora. La FUNDACIÓN presenta, cada 6 meses durante los dos primeros años siguientes a la adopción, en el Ministerio de Justicia de la República de Bulgaria, un informes relativa a las condiciones de vida, la evolución, el nivel de desarrollo físico, mental y emocional del menor, su apego a los padres adoptivos, los cuidados y las capacidades de los padres, las medidas de fomento de la identidad cultural del menor.

Aquí se puede encontrar una mesa para los costos y cargos relacionados con la adopción internacional de acuerdo a la muestra de Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado.

POLITICAS SOBRE LA PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

INFORMACIÓN DE CARÁCTER GENERAL

El 25 de mayo de 2018 entro en vigor una nueva normativa respecto a la protección de los datos de carácter personal (General Data Protection Regulation), aprobado por la Unión Europea. Dicha normativa tiene por objetivo el de garantizar la protección de los datos de las personas físicas residentes en los estados partes de la UE y armonizar las normativas que regulan el tratamiento de los datos.
Foundation „Shans za vsiako dete“ , en su capacidad de responsable del tratamiento de datos de carácter personal, cumple con todos los requisitos del nuevo reglamento, mediante la recopilación de los datos en la medida necesaria para poder ofrecer el servicio, almacenándolos de forma responsable y conforme a la legalidad.

Información sobre el responsable de los datos de carácter personal

  1. Name: Chance For Every Child Foundation / “Shans za vsiako dete”/
  2. EIK/BULSTAT: 130944558
  3. Seat: 1A. Racho Dimchev str., Sofia 1000, Bulgaria. 4 floor, ap. 8
  4. Place of Business: 1A. Racho Dimchev str., Sofia 1000, Bulgaria. 4 floor, ap. 8
  5. Mailing Address: 1A. Racho Dimchev str., Sofia 1000, Bulgaria. 4 floor, ap. 8
  6. Telephone/Fax:

+ 359 2 981 02 12

         + 359 2 989 64 07

adoption@adopt-bgchild.org

cpenfant@techno-link.com

         cpenfant@mbox.contact.bg

http://www.adopt-bgchild.org

  1. Name of the Data Protection Official:

Lyubomir Penchev

            1A. Racho Dimchev str., Sofia 1000, Bulgaria. 4 floor, ap. 8

            E-mail: lubomir.penchev@gmail.com

            Tel.: +359 886 109 109

Información referente a la autoridad de control competente
1. Nombre: Comisión de Protección de Datos de Carácter Personal
2. Sede y domicilio social: 1592 Sofía, Avda. Profesor Tsvetan Lazarov, 2
3. Dirección a efectos de correspondencia y notificaciones: 1592 Sofía, Avda. Profesor Tsvetan Lazarov, 2
4. Teléfono:02 915 3 518
5. Correo electrónico: kzld@government.bg, kzld@cpdp.bg
6. Página web: www.cpdp.bg

Foundation „Shans za vsiako dete“ lleva a cabo sus actividades de acuerdo con la Ley de protección de los datos personales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

Fundamento/Base jurídica para la recopilación, tratamiento y almacenamiento de sus datos personales. Objetivos y principios.

Art.1. (1) Foundation „Shans za vsiako dete“  ejerce la recopilación y tratamiento de los datos personales que Usted nos facilita para que „SHANS ZA VSIAKO DETE“  pueda llevar a cabo su actividad de mediador en los procesos de adopción internacional, con el fin de:
• Proveerle la información que nos solicite;
• Confección de contratos y provisión de servicios contractuales;
• Confección y tratamiento de los datos contenidos en su expediente con el fin de proveer al Ministerio de Justicia búlgaro una información exhaustiva sobre su certificado de idoneidad para la adopción de un menor de residencia habitual en la República de Bulgaria y sus capacidades de adoptante;
• Dar cumplimiento a los requisitos del Código de Familia búlgaro; la Ordenanza no. 2, del 24 de octubre de 2014, del Ministro de Justicia sobre las condiciones y el procedimiento de concesión y revocación del permiso de mediación en materia de adopción internacional y del desarrollo y cesión de las actividades de las entidades colaboradoras en materia de adopción internacional; la Ordenanza no. 3, del 24 de octubre de 2014 sobre las condiciones y el procedimiento de gestión y mantenimiento de los registros de adopción internacional y el otorgamiento del consentimiento del Ministro de Justicia; el Convenio relativo a la Protección del Niño y la Cooperación en Materia de Adopción Internacional, hecho en La Haya el 29 de mayo de 1993 (Convención de La Haya), ratificado por Bulgaria.
• El uso de los datos incorporados con la finalidad de llevar a cabo el procedimiento de adopción internacional, la representación judicial y el seguimiento postadoptivo durante dos años, contados a partir desde la fecha de firmeza de la sentencia judicial a favor de la adopción.
• Dar cumplimiento a los requisitos de la Ley de Contabilidad y demás normativa pertinente.
• Llevar a cabo todas las actividades, relacionadas con el mantenimiento, modificación y terminación de las relaciones jurídicas contractuales.
• Mantener contacto por teléfono, correo y/o correo electrónico en relación con la correspondencia que concierne el cumplimiento de las obligaciones conforme los contratos firmados con la Asociación.

(2) La Foundation „Shans za vsiako dete“  respeta los siguientes principios relativos al tratamiento de sus datos de carácter personal:
● licitud, lealtad y transparencia;
● limitación de la finalidad del tratamiento;
● correlación con los objetivos del tratamiento y minimización de los datos;
● exactitud y actualización de los datos;
● limitación del plazo de conservación a fin de de la consecución de los objetivos;
● integridad y confidencialidad del tratamiento y garantías de un nivel adecuado de seguridad de los datos.

Qué tipo de datos personales recoge, procesa y mantiene La Foundation „Shans za vsiako dete“ ?
Art.2. (1) „SHANS ZA VSIAKO DETE“ recoge, procesa y mantiene el siguiente tipo de datos de los solicitantes que representa:
1. Sobre la identidad física: nombres, NIF/CIF, datos del pasaporte, dirección, lugar de nacimiento, teléfonos de contacto, etc.
2. Sobre la identidad psíquica, y más concretamente la salud mental;
3. Sobre la identidad psicológica – documentación referente a la salud psíquica de los solicitantes a la adopción;
4. Identidad económica, y más concretamente datos sobre el patrimonio/estado de propiedad;
5. Identidad cultural – interés, aficiones y otras actividades de ocio;
6. Identidad familiar: situación familiar (matrimonio, divorcio, miembros que componen la familia, niños incluidos, etc.);
7. Estudios – tipo de los estudios, formaciones y cualificaciones adicionales, etc.;
8. Actividad laboral – antecedentes laborales, datos del certificado de vida laboral, etc.;
9. Estado civil y jurídico de las personas: certificado de antecedentes penales, información referente a la patria potestad de los solicitantes, etc.
10. Teléfonos de contacto y correo electrónico.
(2) La Foundation „Shans za vsiako dete“  no ejerce la toma de decisiones individuales automatizadas.

Plazo de almacenamiento de sus datos
Art.3. Los datos de carácter personal recopilados se almacenarán durante 5 años contados desde la fecha del fallo judicial ý la recepción de los 4 informes posta-doptivos, con arreglo al principio de la buena práctica judicial.

Derechos con respecto a la recopilación, tratamiento y almacenamiento de datos

Revocación del consentimiento de tratamiento de sus datos personales
Art.4. Si Usted ya no desea que la totalidad o parte de sus datos de carácter personal sigan siendo procesados por La Foundation „Shans za vsiako dete“ , Usted puede retirar en cualquier momento su consentimiento, rellenando un formulario en línea o presentando una solicitud texto libre, siempre que esto no contradiga la normativa en materia de adopciones vigente.

Derecho a acceso
Art.5. (1) Usted tiene derecho a pedir y recibir de La Foundation „Shans za vsiako dete“  una confirmación sobre el tratamiento de sus datos personales.
(2) Usted tiene derecho a acceso a los datos y a la información referente a la recopilación, tratamiento y almacenamiento de sus datos.
(3) Si así lo solicitara, La Foundation „Shans za vsiako dete“  le proveerá una copia de sus datos objeto del tratamiento, sea en formato electrónico u otra forma pertinente..

Derecho a rectificación y complementación
Art.6. Usted puede rectificar o cumplimentar los datos inexactos o incompletos, por medio de una solicitud dirigida a La Foundation „Shans za vsiako dete“ .

Derechos a cancelación (“derecho al olvido”)
Art.7.(1) Usted puede solicitar a La Foundation „Shans za vsiako dete“  la cancelación/dar de baja ие sus datos personales, y la Asociación estará obligada a proceder a la cancelación de dichos datos sin demora, siempre y cuando se da alguna de las siguientes premisas:
● los datos personales ya no sean necesarios en relación con los fines para los que fueron recogidos o tratados de otro modo;
● Usted retira su consentimiento para el tratamiento de los datos y no se da ningún otro fundamento legal para dicho tratamiento;
● Si Usted no está de acuerdo con el tratamiento de los datos y no se dan razones legales para el tratamiento que resulten de aplicación prioritaria;
● los datos personales hayan sido tratados ilícitamente;;
● los datos personales deban suprimirse para el cumplimiento de una obligación legal establecida en el Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se aplique al responsable del tratamiento;
● los datos personales se hayan obtenido en relación con la oferta de servicios de la sociedad de la información.
(2) La Foundation „Shans za vsiako dete“  no tiene la obligación de borrar los datos, si éstos son almacenados y tratados:
● para ejercer el derecho a la libertad de expresión e información;
● para el cumplimiento de una obligación legal que requiera el tratamiento de datos impuesta por el Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se aplique al responsable del tratamiento, o para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable;
● por razones de interés público en el ámbito de la salud pública;
● con fines de archivo en interés público, fines de investigación científica e histórica o fines estadísticos;
● para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.

(3) Para ejercer su “derecho al olvido” debe presentar una solicitud por escrito a La Foundation „Shans za vsiako dete“ , así como para verificar su identidad y la de la persona a la que se refieren los datos, presentando su documento de identificación.
(4) „SHANS ZA VSIAKO DETE“  no borrará los datos, ya que tiene la obligación legal de almacenarlos, incluso para defender o probar sus derechos antes los Tribunales.

Derecho a la limitación del tratamiento
Art. 8. El interesado tendrá derecho a obtener del responsable del tratamiento la limitación del tratamiento de los datos cuando se cumpla alguna de las condiciones siguientes:
● El interesado impugne la exactitud de los datos personales, durante un plazo que permita al responsable verificar la exactitud de los mismos;
● El tratamiento sea ilícito y el interesado se oponga a la supresión de los datos personales y solicite en su lugar la limitación de su uso;
● „SHANS ZA VSIAKO DETE“  ya no necesite los datos personales para los fines del tratamiento, pero el interesado los necesite para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones;
● El interesado se haya opuesto al tratamiento en virtud del artículo 21, apartado 1, mientras se verifica si los motivos legítimos de „SHANS ZA VSIAKO DETE“  prevalecen sobre los del interesado.

Derecho al acceso a la información
Art. 9. Usted podrá solicitar a La Foundation „Shans za vsiako dete“  que le informe sobre la identidad de los destinatarios a los que se hayan revelado los datos personales, cuya rectificación, supresión o restricción se haya solicitado. La Foundation „Shans za vsiako dete“  podrá oponerse a proporcionar dicha información si esto no sea posible o requiera un esfuerzo desproporcionado.

Derecho de objeción
Art. 10 En cualquier momento, Usted podrá oponerse al tratamiento de sus datos personales por parte de La Foundation „Shans za vsiako dete“ .

Derechos del interesado en caso de violación de la seguridad de los datos personales
Art. 11. (1) Si La Foundation „Shans za vsiako dete“  constatara una violación de la seguridad de los datos personales del interesado, que pudiera plantear un alto riesgo para los derechos y libertades, „SHANS ZA VSIAKO DETE“  le informará inmediatamente sobre el particular y sobre las medidas que se hayan adoptado o están por adoptar.
(2) La Foundation „Shans za vsiako dete“  no tiene la obligación de informarle en los siguientes casos:
● Cuando haya adoptado las medidas técnicas y organizativas adecuadas para la protección de los datos afectados por la violación de la seguridad;
● Cuando posteriormente haya adoptado medidas que garanticen que la violación no supondrá un alto riesgo para sus derechos;
● La notificación requerirá un esfuerzo desproporcionado.

Personas a quienes se proporcionan sus datos personales
Art. 12. El administrador proporcionará datos a las autoridades estatales como el Ministerio de Justicia - Autoridad Central en virtud del artículo 6 del Convenio de La Haya, el tribunal, investigación, Fiscalía y otras autoridades de inspección, siempre y cuando se hayan solicitado los datos conforme el orden aprobado con respecto al cumplimiento de sus facultades.

Otras provisiones
Art. 13. En caso de violación de sus derechos conforme las leyes de protección de datos anteriormente citadas o aplicables, Usted podrá presentar una queja ante la Comisión de Protección de Datos Personales de la siguiente manera:
1. Nombre: Comisión de Protección de Datos de Carácter Personal
2. Sede y domicilio social: 1592 Sofía, Avda. Profesor Tsvetan Lazarov, 2
3. Dirección a efectos de correspondencia y notificaciones: 1592 Sofía, Avda. Profesor Tsvetan Lazarov, 2
4. Teléfono:02 915 3 518
5. Correo electrónico: kzld@government.bg, kzld@cpdp.bg
6. Página web: www.cpdp.bg

Art. 14. Usted podrá ejercer todos sus derechos para proteger sus datos personales a través de los formularios que se incluyen con esta información. Naturalmente, dichos formularios no son obligatorios y en este contexto Usted podrá dirigir sus reclamaciones en cualquier forma que contenga una declaración al respecto y lo identifique como el titular de los datos.

Art. 15. Si el consentimiento se refiere a la transferencia de datos, el responsable deberá definir los posibles riesgos de dicha transferencia a terceros países en caso de que no haya una decisión sobre una protección ni recursos adecuados.

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Y puedes leer más sobre las cookies en Wikipedia: https://en.wikipedia.org/wiki/HTTP_cookie

En este enlace podrá encontrar una tabla de costes relacionados con el procedimiento de adopción internacional según el modelo aprobado por la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado.

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